¿Qué es la prestación por riesgo durante la lactancia natural?

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La prestación por riesgo durante la lactancia natural protege la suspensión del contrato de las trabajadoras por cuenta ajena o de cese de actividad para las trabajadoras autónomas, en el periodo de lactancia natural en el caso que la mujer ocupe un puesto de riesgo para su salud o la del niño (hasta los nueve meses).

Este subsidio, únicamente, se contempla en el caso de que no se haya podido adaptar el puesto de trabajo de la trabajadora, ni reubicarla en otro que no suponga ningún riesgo (de la misma o distinta categoría).

El riesgo debe ser ocasionado por agentes, procedimientos o condiciones del trabajo o la actividad desarrollada.

¿Quién puede optar a esta prestación?

Las trabajadoras por cuenta ajena y las trabajadoras autónomas

¿Cuál es la cuantía otorgada?

El subsidio abonado por la Mutua corresponde al 100% de la base reguladora, calculada de la misma manera que la incapacidad temporal ocasionada por contingencias profesionales.

La prestación por riesgo durante la lactancia es abonada directamente por la Mutua

La forma de pago de este subsidio consiste en que la Mutua abona directamente la prestación descontando la cuota obrera de cotización y, en su caso, la retención del IRPF. La empresa deberá mantener de alta a la trabajadora y cotizar la cuota empresarial correspondiente.

Si se lleva a cabo un cambio de puesto laboral de la trabajadora, la empresa se beneficiará de una reducción del 50% en su cotización por contingencias comunes.

Si se suscribe un contrato de interinidad para reemplazar a la trabajadora en situación de riesgo, la empresa tendrá bonificadas el 100% de las cotizaciones.

¿Cuál es el coste que supone para la empresa o para la trabajadora autónoma?

En el caso de las trabajadoras por cuenta ajena, no supone un cargo extra para la empresa, ya que se cubre con las cotizaciones que ésta abona a la Seguridad Social.

En cuanto a las trabajadoras autónomas, todas aquellas que no tengan la cobertura voluntaria de las contingencias profesionales, deben realizar una cotización adicional del 0,1%.

¿Cómo solicitar la prestación por riesgo durante la lactancia?

Se debe cumplimentar la siguiente documentación, que posteriormente debes entregar en tu centro asistencial:

  • Libro de familia
  • Certificado del Servicio Público de Salud en el que se reconozca la situación de lactancia natural
  • Declaración empresarial de las actividades de la trabajadora y condiciones de su puesto de trabajo donde conste el horario de trabajo y la jornada que realiza la trabajadora.

También se debe cumplimentar:

Evaluación del puesto de trabajo (disposición adicional segunda del RD 295/2009, de 6 de marzo y artículo 16.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales)

Relación de puestos de trabajo exentos de riesgo (disposición adicional segunda del RD 295/2009, de 6 de marzo y artículo 26.2 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales)

El derecho a percibir este subsidio se comunicará en un plazo máximo de 30 días desde la recepción de la documentación.

Para percibir el subsidio, la trabajadora, además, deberá aportar mensualmente el certificado médico del pediatra del Servicio Público de Salud en el que conste que aún se mantiene la situación de lactancia natural.

¡Te explicamos éstos y muchos más datos en este vídeo!

 

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Última actualización 6 agosto 2019

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