¿Qué son las prestaciones complementarias?

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Las prestaciones complementarias son ayudas económicas que reconoce la Comisión de Prestaciones Especiales de Asepeyo. Su finalidad es cubrir situaciones o estados de especial necesidad de los trabajadores, o sus derechohabientes, como consecuencia de un accidente de trabajo o una enfermedad profesional.

Estas prestaciones son independientes a las incluidas en el sistema de la Seguridad Social y se financian con cargo a la reservas de asistencia social de la Mutua.

¿Quién puede solicitarlas?

  • Trabajadores que hayan sufrido un accidente laboral o una enfermedad profesional.
  • Derechohabientes del trabajador hasta segundo grado que cumplan los requisitos necesarios.

¿Qué ayudas puedes solicitar?

Ampliar, con más prestaciones, tu rehabilitación y recuperación:

  •  Ingreso en un centro sociosanitario o residencial
  •  Gastos vinculados al ingreso de un trabajador en un centro hospitalario
  •  Prótesis y ayudas técnicas no incluidas en la Seguridad Social
  • Tratamientos médicos o terapias no incluidas en la Seguridad Social

Reorientación profesional y adaptación del puesto de trabajo:

  •  Cursos para la formación profesional e inserción laboral
  •  Adaptación del local donde el trabajador autónomo desarrolla su actividad

Ayudas para la adaptación de los medios esenciales para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria:

  •  Eliminación de barreras en la vivienda habitual
  •  Adquisición de vivienda habitual adaptada
  •  Adaptación de vehículo
  •  Apoyo domiciliario para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria
  •  Acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación

Otras prestaciones:

  • Complemento al auxilio de defunción
  • Formación en el cuidado de personas en situación de gran invalidez
  • Mantenimiento de la posesión o disfrute de la vivienda habitual

¿Cuáles son los requisitos para solicitarlas?

  • Se podrán conceder distintas ayudas complementarias, o incluso la misma ayuda más de una vez, en el caso de que se produzca una nueva situación de necesidad, siempre que no haya quedado cubierta y las ayudas estén recogidas.
  • Deberán aportarse las facturas y/o los documentos que justifiquen los gastos realizados.

Las prestaciones complementarias en números

En el año 2025 se han concedido 700 solicitudes de trabajadores que han sufrido un accidente de trabajo o una enfermedad profesional, por un importe de 2.748.955,78 €.

A continuación, concretamos a qué se han destinado:

Ayudas Tipo de ayuda Importe
40 Ayuda para la adaptación de vehículo 918.954,56 €
162 Ayuda para prótesis y ayudas técnicas no regladas 613.411,16 €
32 Ayuda para la eliminación de barreras arquitectónicas en la vivienda habitual y la adaptación de la vivienda habitual 318.695,71 €
117 Ayuda para el mantenimiento de la posesión o disfrute de la vivienda habitual 247.350,60 €
85 Ayuda para tratamientos médicos o terapias no regladas 299.481,66€
1 Ayuda para adquisición de vivienda habitual adaptada 77.000,31 €
20 Apoyo domiciliario para el desarrollo de las actividades básicas de la vida diaria cuando no exista un familiar o pareja de hecho de la unidad de convivencia que esté en condiciones de poder prestar este apoyo 71.317,73 €
15 Complemento al auxilio por defunción para compensar al derechohabiente del trabajador fallecido que se haya hecho cargo de los gastos de sepelio 63.841,17€
9 Ayudas para sufragar cursos para la formación profesional e inserción sociolaboral 12.135,08 €
4 Ayuda para el acceso a las nuevas tecnologías de la información y comunicación 6.747,72 €
4 Ayuda para costear el ingreso en un centro socio-sanitario o residencia 33.230,72 €
211 Ayuda para costear los gastos vinculados al ingreso del trabajador 86.789,36 €

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Recuerda que puedes pedir más de una ayuda social.

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Última actualización 29 abril 2026

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