¿Qué es la prestación por cese de actividad de trabajadores autónomos?
Comúnmente conocida como el «paro» del autónomo, se trata de un sistema específico de protección para trabajadores autónomos que han cesado totalmente en su actividad, con carácter temporal o definitivo y por causas ajenas a su voluntad.
Asepeyo abona el 70% del promedio de las bases de cotización de los 12 meses anteriorescontinuados e inmediatamente anteriores a la situación legal de cese de actividad. Durante el periodo en el que se percibe la prestación, Asepeyo cotizará por contingencias comunes.
El plazo de la solicitud finaliza el último día del mes siguiente en el que se ha producido el cese de actividad.
La duración de la ayuda por cese de actividad dependerá del número de meses del período que hayas cotizado.
Meses cotizados | Duración |
---|---|
menos de 12 meses | 0 meses |
de 12 a 17 meses | 4 meses |
de 18 a 23 meses | 6 meses |
de 24 a 29 meses | 8 meses |
de 30 a 35 meses | 10 meses |
de 36 a 42 meses | 12 meses |
43 a 47 meses | 16 meses |
Más de 48 meses | 24 meses |
Motivos principales para solicitar la prestación
Te indicamos los principales motivos de cese para acceder a la prestación, recogidos en el Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social, por la que se establece un sistema específico de protección por cese de actividad de los trabajadores autónomos.
- Trabajador autónomo:
- Causas económicas. Se presume que existe inviabilidad para continuar con la actividad, cuando haya pérdidas superiores al 10% de los ingresos, obtenidos en un año completo, y excluido el primer año de inicio de la actividad.
- Fuerza mayor, determinante del cese temporal o definitivo de la actividad. Aquellos hechos que no se puedan prever, evitar o sean de fuerza superior, quedando fuera de la esfera del control del autónomo.
- Ejecuciones administrativas o judiciales, que tienden al cobro de deudas, reconocidas por los órganos ejecutivos, que comporten, al menos, el 30% de los ingresos de la actividad del trabajador autónomo, correspondiente al ejercicio económico inmediatamente anterior.
- Declaración judicial de concurso, que impida continuar con la actividad, en los términos previstos en la Ley 22/2003, de 9 de julio.
- Pérdida de licencia administrativa, siempre que constituya un requisito para el ejercicio de la actividad económica o profesional, y no venga motivada por la comisión de infracciones legales.
- Violencia de género, determinante del cese de actividad.
- Divorcio o acuerdo de separación matrimonial, siempre y cuando se ejerzan funciones de ayuda familiar en el negocio del ex cónyuge.
- Trabajador Económicamente Dependientes (TRADE, aquellos que perciben de su principal cliente el 75% de sus ingresos): la finalización del contrato o conclusión de la obra o servicio, un incumplimiento contractual grave del cliente, la rescisión de la relación contractual por causa justificada o injustificada por el cliente, y la muerte, incapacidad o jubilación del cliente.
- Por finalización del contrato o conclusión de la obra o servicio
- Incumplimiento contractual grave del cliente
- Rescisión de la relación contractual por causa justificada o injustificada por el cliente
- Por muerte, incapacidad o jubilación del cliente
- Socio trabajador de cooperativas de trabajo asociado:
- Por expulsión improcedente de la cooperativa
- Por causas económicas, técnicas, organizativas, productivas o de fuerza mayor
- Por finalización del período al que se limitó el vínculo societario de duración determinada
- Por causa de violencia de género, en las socias trabajadoras
- Por pérdida de licencia administrativa de la cooperativa
- Los aspirantes a socios en período de prueba que hubieran cesado en la prestación de trabajo durante el mismo por decisión unilateral del Consejo Rector u órgano de administración correspondiente de la cooperativa
Para más información, lee esta pregunta frecuente: Soy autónomo socio de una cooperativa, ¿tengo derecho a paro?
- Administrador o socio de una sociedad de capital :
- Cesen involuntariamente en el cargo de consejero o administrador de la sociedad o en la prestación de servicios a la misma
- La sociedad haya incurrido en pérdidas en un año completo superiores al 10% de los ingresos o bien haya disminuido su patrimonio neto por debajo de las dos terceras partes de la cifra del capital social
Consulta otros motivos solicitando cita previa administrativa en tu centro Asepeyo de referencia.
Comprueba si puedes acceder a la prestación de «paro» para autónomos – Simulador –
Conoce, con este simulador, si cumples con los requisitos básicos para acceder a la prestación económica por cese de actividad.
Simulador
Según tus respuestas, cumplirías los requisitos del RD 8/2015, de 30 de octubre, para solicitar la prestación por cese de actividad.
Conoce cómo solicitar la prestación
La simulación es orientativa y no vinculante. Si quieres más información, solicita cita previa, de forma presencial o telefónica, en tu centro asistencial.Según tus respuestas, no cumplirías los requisitos del RD 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley General de la Seguridad Social.
La simulación es orientativa y no vinculante. Si quieres más información, solicita cita previa, de forma presencial o telefónica, en tu centro asistencial.Cómo solicitar la prestación
Cumplimenta y presenta en Asepeyo la siguiente documentación. Haremos el estudio correspondiente y, si procede, se realizará el abono de la prestación por cese de actividad .
Los documentos facilitados por Asepeyo son:
- Formulario de solicitud firmado
- Modelo IRPF 145 (excepto País Vasco y Comunidad foral de Navarra)
- Declaración jurada
- Declaración de cumplimiento de garantías y obligaciones
- Declaración sobre los rendimiento de actividades económicas (exclusivamente para cotización objetiva o por módulos)
Los documentos facilitados por el Servicio Público de Empleo son:
Documentación a aportar por el usuario:
- Fotocopia DNI en vigor (anverso y reverso)
- Tres últimos recibos de cotización a la prestación
- Comunicación de baja en el régimen correspondiente
- Certificado de TGSS de estar al corriente de pago
- Declaración censal (Mod. 36 o Mod.37 simplificada)
- Certificado de baja Impuesto Actividades Económicas (IAE)
Descarga el pack con todos los formularios que necesitas para tramitar esta prestación:
Pack de solicitud de cese de actividad para trabajadores autónomos.
Dónde presentar la solicitud
Puedes presentar la documentación en tu centro asistencial :
- De forma presencial, solicitando cita previa
- Vía email en tu centro de referencia
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