El trabajador autónomo tiene del 1 de enero hasta el 30 de septiembre para notificar cualquier variación de sus datos a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Estos cambios tendrán efecto a partir del 1 de enero del año siguiente.
El trabajador autónomo tiene del 1 de enero hasta el 30 de septiembre para notificar cualquier variación de sus datos a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).
Estos cambios tendrán efecto a partir del 1 de enero del año siguiente.
La Orden TAS/3553/2007, de 30 de noviembre, que es la que regula esta situación, menciona: