No puedo firmar electrónicamente el modelo 145 para la prestación por cese debido al coronavirus. ¿Lo puedo mandar sin firma?

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Toda la documentación debe venir, preferentemente, firmada:

  • En los casos en los que no sea posible realizar una firma con certificado digital o digitalizar la solicitud tras haber sido firmada a mano, se aceptará como firmada aquella solicitud que informe en el apartado de la firma el “Nombre, apellidos y DNI/NIE del solicitante”.
  • En el caso de que la solicitud esté siendo presentada por un representante, en lugar del DNI/NIE, se debe indicar el número de autorizado RED del autónomo al que representa.

Incapacidad temporal: fin de las medidas por Covid

El pasado 5 de julio el Boletín Oficial del Estado (BOE) publicó la Orden SND/726/2023, de 4 de julio, por la que se declara la finalización de la situación de crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19.

Novedad
Última actualización 12 mayo 2020

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