Bases y tipos de cotización 2024

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Consulta las bases de cotización para este año 2024. Después de la publicación en el BOE de la Orden PJC/51/2024, de 29 de enero, por la que se desarrollan las normas legales de cotización a la Seguridad Social, desempleo, protección por cese de actividad, Fondo de Garantía Salarial y formación profesional para el ejercicio 2024, hemos actualizado los datos relativos a estos regímenes:

  • Régimen general
  • Autónomos
  • Empleados/as del hogar

Respecto al año 2023, se han modificado algunos de los datos, teniendo en cuenta, también, la actualización del salario mínimo interprofesional, que ya se ha fijado en 1.134 euros mensuales, tras la publicación del Real Decreto 145/2024, de 6 de febrero.

Régimen general

Bases de cotización

Tope máximo de todas las bases de cotización 4.720,50 €/mes (157,35 €/día)

Grupo de cotización Categoría Base mínima
1 Ingenieros/as y licenciados/as. Personal de alta dirección excluido del art. 1,3 de ET 1.847,40 €
2 Ingenieros/as, técnicos/as, personal de peritaje y ayudantes titulados/as 1.532,10 €
3 Jefes/as administrativos/as y de taller 1.332,90 €
4 Ayudantes no titulados/as 1.323,00 €
5 Oficiales administrativos 1.323,00 €
6 Subalternos/as 1.323,00 €
7 Auxiliares administrativos/as, Oficiales de primera, segunda, tercera, peones y trabajadores menores de 18 años 1.323,00 €

 

Grupo de cotización Categoría Base mínima Base máxima
De 8 a 11 Oficiales de primera, segunda, tercera, peones y trabajadores menores de 18 años 44,10 € 157,35 €

Tipos de cotización

Empresa Trabajador/a Total
Contingencias Comunes 23,60% 4,70% 28,30%
Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) 0,58% sobre CC 0,12% sobre CC 0,7% sobre CC
Resto horas extraordinarias fuerza mayor 12% 2% 14%
Resto horas extraordinarias 23,60% 4,70% 28,30%
Contingencias profesionales Porcentaje de la tarifa de primas de la disposición adicional cuarta de la Ley 42/2006, de 28 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2007, siendo a cargo exclusivo de la empresa.
FOGASA 0,20% 0,20%
Formación profesional 0,60% 0,10% 0,70%

Desempleo

Empresa Trabajador/a Total
Tipo general 5,50% 1,55% 7,05%
Contrato duración determinada 6,70% 1,60% 8,30%

Contratos de trabajo a tiempo parcial

Bases mínimas por horas

Grupo de cotización Categoría Base mínima (€)
1 Ingenieros/as y licenciados/as. Personal de alta dirección excluido del art. 1,3 de ET 11,13 €
2 Ingenieros/as, técnicos/as, personal de peritaje y ayudantes titulados/as 9,23 €
3 Jefes/as administrativos/as y de taller 8,03 €
Del 4 al 11 Ayudantes no titulados/as, Oficiales administrativos, Subalternos/as, Auxiliares administrativos/as, Oficiales de primera, segunda, tercera, peones y trabajadores menores de 18 años 7,97 €

Contratos de formación

Empresa Trabajador/a Total
Contingencias Comunes 53,61 € 10,69 € 64,30 €
Contingencias Profesionales IT 7,38 € 7,38 €
Fondo de Garantía Salarial 4,07 € 4,07 €
Formación Profesional 2,00 € 0,26 € 2,26 €
Total 67,06 € 10,44 € 78,01 €

Becarios

Empresa Trabajador/a Total
Prácticas remuneradas
Contingencias Comunes 53,61 € 10,69 € 64,30 €
Contingencias Profesionales 7,38 € 7,38 €
Prácticas no remuneradas
Contingencias Comunes 0,13 € 0,13 €
Contingencias Profesionales 0,02 € 0,02 €
Total 61,14 € 10,69 € 71,83 €

Salario mínimo Interprofesional

Diario Mensual Anual
Importe 37,8 € 1.134 € 15.876 €

Indicador público de rentas de efectos múltiples (IPREM)

IPREM diario: 20 €, mensual: 600 €, anual: 7.200 €
Para los supuestos en los que el IPREM ha sustituido a la referencia al salario mínimo interprofesional por aplicación del RD Ley 3/2004, el IPREM anual
será de 8.400 €. Cuando la norma se refiere al salario mínimo interprofesional en cómputo anual, salvo que expresamente se excluyan las pagas extraordinarias. En este caso, la cuantía será de 7.200 €.

Otros datos de interés

Interés legal del dinero: 3,25% Interés de demora: 4,0625%

Régimen especial de trabajadores por cuenta propia o autómos (RETA)

Bases de cotización

Tope máximo 4.720,50 €/mes. Tope mínimo 950,98€/mes

Tabla Tramo Tramos rendimientos netos 2023 (€/mes) Base mínima Base máxima
Tabla reducida Tramo 1 <= 670 € 735,29 € 816,98 €
Tramo 2 > 670 € y <= 900€ 816,99 € 900,00 €
Tramo 3 > 900 € y <= 1.166,70 € 872,55 € 1.166,70 €
Tabla general Tramo 1 >= 1.166,70 € y < = 1.300 € 950,98 € 1.300 €
Tramo 2 > 1.300 € y <= 1.500 € 960,78 € 1.500 €
Tramo 3 > 1.500 € y <= 1.700 € 960,78 € 1.700 €
Tramo 4 > 1.700 € y <= 1.850 € 1.045,75 € 1.850 €
Tramo 5 > 1.850 € y <= 2.030 € 1.062,09 € 2.030 €
Tramo 6 > 2.030 € y <= 2.330 € 1.078,43 € 2.330 €
Tramo 7 > 2.330 € y <= 2.760 € 1.111,11 € 2.760 €
Tramo 8 > 2.760 € y <= 3.190 € 1.176,47 € 3.190 €
Tramo 9 > 3.190 € y <= 3.620 € 1.241,83 € 3.620 €
Tramo 10 > 3.620 € y <= 4.050 € 1.307,19 € 4.050 €
Tramo 11 > 4.050 € y <= 6.000 € 1.454,25 € 4.720,50 €
Tramo 12 > 6.000 € 1.732,08 € 4.720,50 €

Tipos de cotización

RETA
Contingencias Comunes 28,30%
Contingencias Profesionales¹ 1,30%
Cese de actividad 0,90%
Formación Profesional 0,10%
Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) 0,7% sobre CC

¹ 0,66% IT y 0,64% a IP, muerte y supervivencia

Tarifa plana

Colectivo Importe Duración
Autónomos dados de alta a partir de 1/1/23 80 € 12 primeros meses de actividad
Autónomos dados de alta a partir de 1/1/23 80 € De 13 a 24 meses de actividad (si sus rendimientos económicos
netos anuales no superan el SMI)
Autónomos dados de alta antes de 1/1/23 Se mantiene tarifa plana Hasta agotar el periodo máximo. Posteriormente, cotizarán según ingresos reales
Autónomas victimas de violencia de género, del terrorismo o con discapacidad igual o superior al 33% 80 € Durante los dos primeros años
Autónomas victimas de violencia de género, del terrorismo o con discapacidad igual o superior al 33% 160 € Del 3er al 5º año

Empleados/as del hogar

Bases de cotización

Tramos Retribución mensual Base cotización
Tramo 1 Hasta 306,00 € 284,00 €
Tramo 2 Desde 306,01 € hasta 474,00 € 405,00 €
Tramo 3 Desde 474,01 € hasta 644,00 € 559,00 €
Tramo 4 Desde 644,01 € hasta 814,00 € 729,00 €
Tramo 5 Desde 814,01 € hasta 986,00 € 901,00 €
Tramo 6 Desde 986,01 € hasta 1.153,00 € 1.069,00 €
Tramo 7 Desde 1.153,01 € hasta 1.323,00 € 1.323,00 €
Tramo 8 Desde 1.323,01 € Retribución mensual

Tipos de cotización

Empleador/a Trabajador/a Total
Contingencias Comunes 23,60% 4,70% 28,30%
Contingencias Profesionales Según corresponda en la tarifa de primas DA 4ª Ley 42/2006
Mecanismo de equidad intergeneracional (MEI) S0,58% 0,12% 0,7%
Desempleo indefinido 5,50% 1,55% 7,05%
Desempleo duración indeterminada 6,70% 1,60% 8,30%
FOGASA 0,20% 0,20%

Artistas

Bases de cotización

I. Trabajos de teatro, circo, música, variedades y folklore, incluidos los que se realicen para
radio y televisión o mediante grabaciones

Grupo de cotización Categoría Base mínima diaria Base a cuenta diaria Base máxima anual
1 Directores, directores coreográficos, de escena y artísticos, primeros maestros directores y presentadores de radio y televisión 61,58 € 56.646 €
2 Segundos y terceros maestros directores, primeros y segundos maestros sustitutos y directores de orquesta 51,07 € 56.646 €
3 Maestros (coreográficos, de coros y apuntadores), directores de banda, regidores, apuntadores, locutores de radio y televisión. 44,43 € 56.646 €
3 Actores, cantantes líricos y de música ligera, caricatos, animadores de salas de fiesta, bailarines, músicos y artistas de circo, variedades y folklore. 44,43 € (*) 56.646 €
5 Adjuntos de dirección 44,10 € 56.646 €
7 Secretarios de dirección 44,10 € 56.646 €

II. Trabajos de producción, doblaje de películas o sincronización de películas (tanto en las modalidades de largometrajes, cortometrajes o publicidad) o para televisión, y trabajos técnicos y auxiliares directamente vinculados a actividades de artes escénicas, audiovisuales y las musicales.

Grupo de cotización Categoría Base mínima diaria Base a cuenta diaria Base máxima anual
1 Directores 61,58 € 56.646 €
2 Directores de fotografía 51,07 € 56.646 €
3 Directores de producción, directores técnicos y actores 44,43 € 56.646 €
4 Decoradores, escenógrafos de espectáculos en vivo, eventos y audiovisuales, diseñadores de maquinaria escénica, directores de sonido, directores de iluminación, directores de sastrería. 44,10 € 56.646 €
5 Montadores, técnicos de doblaje, jefes técnicos y adaptadores de diálogo, segundos operadores, maquilladores, ayudantes técnicos, primer ayudante de producción, fotógrafo (foto fija), figurinistas, iluminadores, técnicos de sonido, técnicos de maquinaria escénica, técnicos de utilería y técnicos de sastrería. 44,10 € (*) 56.646 €
7 Ayudantes de operador, ayudantes maquilladores, ayudantes caracterizadores, ayudantes sonido, ayudantes regiduría, ayudantes iluminadores, ayudantes de maquinaría escénica, ayudantes de utilería, ayudantes de sastrería, ayudantes decoradores, peluqueros, ayudantes de peluquería segundos, ayudantes de producción, secretarios de rodaje, secretarios de producción en rodaje, ayudantes de montaje, auxiliares de dirección, auxiliares de maquillador y auxiliares de producción, comparsería y figuración, avisadores. 44,10 € 56.646 €

II. Trabajos de producción, doblaje de películas o sincronización de películas (tanto en las modalidades de largometrajes, cortometrajes o publicidad) o para televisión, y trabajos técnicos y auxiliares directamente vinculados a actividades de artes escénicas, audiovisuales y las musicales.

Grupo de cotización Categoría Base mínima diaria Base a cuenta diaria Base máxima anual
1 Directores 61,58 € 56.646 €
2 Directores de fotografía 51,07 € 56.646 €
3 Directores de producción, directores técnicos y actores 44,43 € 56.646 €
4 Decoradores, escenógrafos de espectáculos en vivo, eventos y audiovisuales, diseñadores de maquinaria escénica, directores de sonido, directores de iluminación, directores de sastrería. 44,10 € 56.646 €
5 Montadores, técnicos de doblaje, jefes técnicos y adaptadores de diálogo, segundos operadores, maquilladores, ayudantes técnicos, primer ayudante de producción, fotógrafo (foto fija), figurinistas, iluminadores, técnicos de sonido, técnicos de maquinaria escénica, técnicos de utilería y técnicos de sastrería. 44,10 € (*) 56.646 €
7 Ayudantes de operador, ayudantes maquilladores, ayudantes caracterizadores, ayudantes sonido, ayudantes regiduría, ayudantes iluminadores, ayudantes de maquinaría escénica, ayudantes de utilería, ayudantes de sastrería, ayudantes decoradores, peluqueros, ayudantes de peluquería segundos, ayudantes de producción, secretarios de rodaje, secretarios de producción en rodaje, ayudantes de montaje, auxiliares de dirección, auxiliares de maquillador y auxiliares de producción, comparsería y figuración, avisadores. 44,10 € 56.646 €

Base a cuenta diaria artistas I y II

(*) Retribuciones íntegras Base a cuenta diaria
Hasta 534,00 € 314,00 €
Entre 534,01 y 961,00 € 396,00 €
Entre 961,01 € y 1.608,00 € 473,00 €
Mayor de 1.608,00 € 628,00 €
Última actualización 22 marzo 2024

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