Lunes 4 Enero, 2010

Encuadramiento Seguridad Social de hijos de Autónomos mayores de 30 años

La Ley 27/2009, de 30 de diciembre, de medidas urgentes para el mantenimiento y fomento del empleo y de la protección de las personas desempleadas (BOE 31-12-2009) modifica el Estatuto del trabajo Autónomo, aprobado por la Ley 20/2007, para permitir el encuadramiento en la Seguridad Social como trabajadores por cuenta ajena, de los hijos mayores de 30 años que tengan especiales dificultades para la inserción laboral.

Así, recordar, tal como se comentó en su día en este blog, que la disposición adicional décima del Estatuto del Trabajo Autónomo posibilitó que los trabajadores autónomos pudieran contratar, como trabajadores por cuenta ajena, a los hijos menores de 30 años que convivieran con él y, consecuentemente, su inclusión en  el Régimen General de la Seguridad Social pero excluyendo la protección del desempleo.

Ahora la norma extiende la posibilidad a los hijos mayores de 30 años con dificultades para su inserción laboral, definiendo que se considera que existen dichas dificultades cuando el trabajador esté incluido en alguno de los grupos siguientes:

  1. Personas con parálisis cerebral, personas con enfermedad mental o personas con discapacidad intelectual, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
  2. Personas con discapacidad física o sensorial, con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 65 por 100.

Por otro lado la Ley 27/2009, en su disposición adicional sexta prevé como medidas de fomento del empleo para el trabajo autónomo que el Gobierno llevará a cabo las actuaciones necesarias para que las medidas de protección social asistencial no vinculadas al sistema de protección contributivo, y aquellas de fomento del empleo que se realicen para los asalariados sean extensibles a los trabajadores autónomos que hayan cesado en su actividad y no dispongan de fuentes de ingresos.