Miercoles 27 Mayo, 2009

Proyecto de decreto que regula la aplicación del Estatuto del Trabajador Autónomo en Catalunya

El Diario Oficial de la Generalitat de Catalunya de 25/05/09 publica el Edicto de 18 de mayo de 2009 por el que se somete a información pública el Proyecto de decreto por el que se regula la aplicación de la Ley 20/2007, de 11 de julio, del Estatuto del trabajo autónomo en Catalunya, las alegaciones se pueden presentar ante la Asesoría jurídica del Departamento de Trabajo hasta el 12 de junio.

El Proyecto de Decreto  establece que las materias que regula son:

  1. El Registro de asociaciones profesionales de autónomos en Catalunya.
  2. El depósito y publicidad de los acuerdos de interés profesional.
  3. El Consejo de Trabajo Autónomo de Catalunya.
  4. Las condiciones y el procedimiento para determinar la representatividad de las asociaciones de autónomos.
  5. La conciliación previa a la tramitación de acciones judiciales en relación con el régimen profesional de los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).

 

Lunes 25 Mayo, 2009

Datos de afiliación a la Seguridad Social hasta marzo de 2009

Los datos de afiliación al RETA hasta marzo del 2009, ha alcanzado el número de 3.209.324 autónomos, 63.102 autónomos menos que en diciembre del 2008, teniendo cubierta la IT con una Mutua de Accidentes de Trabajadores y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social el 70,45% y el resto 29,55% con el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

De los más de 3 millones de autónomos, sólo 531.537 autónomos han decidido cubrir las contingencias profesionales (accidente de trabajo y enfermedad profesional); es decir sólo el 16,56 los autónomos han optado por mejorar la cobertura cubriendo como contingencia específica el accidente de trabajo y enfermedad profesional. Cubriendo la citada contingencia con una Mutua de Accidentes de Trabajadores y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social el 80,82% y el resto 19,11% con el Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Martes 12 Mayo, 2009

Programas de formación, información y divulgación de prevención de riesgos laborales para los autónomos

En el comentario del 16 de marzo de 2009 se informaba sobre el acuerdo de encomienda de gestión entre la Secretaria de Estado de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo , para el desarrollo durante el año 2009, de determinadas actividades de prevención correspondientes al ámbito de la Seguridad Social, publicado en el publicado en el BOE de 12/3/2009 y que concretamente para los autónomos recogía:

Trabajo de análisis e investigación de las condiciones de trabajo de los trabajadores autónomos, contando con la participación y colaboración de las asociaciones de trabajadores autónomos que proponga la Dirección General de la Economía Social, del Trabajo Autónomo y del Fondo Social Europeo.

Por resolución de 24 de abril de 2009, de la Secretaría de Estado de la Seguridad Social, se publica la modificación  el acuerdo de encomienda de gestión entre la Secretaria de Estado de la Seguridad Social y el Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo , para el desarrollo durante el año 2009, de determinadas actividades de prevención correspondientes al ámbito de la Seguridad Social, publicado en el BOE de 11/5/2009.

La modificación suprime el trabajo de análisis e investigación de las condiciones de los trabajadores autónomos y le encomienda programas de formación, información y divulgación de actividades de prevención de ámbito estatal o suprautonómico de riesgos laborales y estudios sobre las condiciones de trabajo de los trabajadores autónomos, para lo que contará con la colaboración y participación de las asociaciones representativas de los trabajadores autónomos que proponga la Dirección General de la Economía Social, del trabajo Autónomo y de la Responsabilidad Social de las Empresas.

Jueves 7 Mayo, 2009

Acuerdo de la Mesa del trabajo autónomo

Tras diversas reuniones de la Mesa del Trabajo Autónomo, en la que participan el Gobierno, UPTA, ATA Y CEAT, en la reunión de ayer día 5-5-09 se han alcanzado los siguientes acuerdos:

1.- Fomento del empleo autónomo: se incrementa al 80% el porcentaje del abono del pago único de la prestación por desempleo para jóvenes de hasta 30 años y mujeres de hasta 35 años destinado a financiar inversión. Precisará desarrollo mediante Real Decreto.

2.- Fomento de la contratación laboral: se introduce una bonificación del 50% en la cuota empresarial por contratación indefinida del primer trabajador asalariado. Precisará desarrollo mediante Real Decreto.

3.- Mejora de la financiación: se considera oportuno que el ICO firme convenios con las comunidades autónomas para complementar la línea de liquidez aprobada para los autónomos y apoyar la divulgación del Convenio promovido por la Dirección General de la de la Pequeña y Mediana Empresa, firmado por ATA, UPTA y CEAT.

4.- Reducción de la morosidad de las Administraciones Públicas: poner en marcha una nueva línea ICO para avalar a los autónomos con deudas pendientes de pago por los Ayuntamientos.

5.- Formación continua: estudiar la mejora de los recursos destinados a la formación continua de los autónomos.

6.- Medidas tributarias: se proponen una serie de reformas para los autónomos que efectúen sus pagos por módulos y se modificará la Ley de IRPF para adaptar su contenido al concepto de trabajador autónomo económicamente dependiente.

7.- Protección social:

  • Los autónomos que cesen en su actividad podrán beneficiarse de las prestaciones asistenciales que se aprueben para los parados en general.
  • En breve se presentará una propuesta de sistema de protección por cese involuntario de actividad de los autónomos; teniendo en cuenta los ceses producidos a edades cercanas a la jubilación.
  • Rescates de Planes de Pensiones: posibilitar al autónomo que cese en su actividad el rescate del Plan de Pensiones.
  • Ampliación en el 2010 del plazo actual de tres meses para devolución de cuotas en los casos de pluriactividad que deberá recogerse en la Ley de Presupuestos del Estado para el año 2010.

8.- Comercio minorista: que el Observatorio de Comercio analice la problemática del comercio minorista en los autónomos para favorecer el mantenimiento y mejora de los negocios.